Carta de Internet Guatemala

Artículo 7. Derecho a los datos

CC BY Limonada Bandida

Artículo 7. Derecho a los datos

Todo ser humano tiene derecho a poseer y ejercer un control total sobre sus datos personales. Los datos personales deben ser procesados ​​y/o reutilizados únicamente con el consentimiento pleno e informado de la persona en cuestión. El derecho a poseer datos personales también comprende el derecho a su exportación, importación, transferencia, sincronización y procesamiento.

Todo ser humano tiene derecho a la libertad de acceso, uso y reutilización de datos no personales [o “de interés público”] recogidos por los gobiernos o financiados en su totalidad o parcialmente por fondos públicos. Esto incluye el derecho a descargar y procesar esos datos en formatos abiertos.

Se creará incentivos para la filantropía de datos de interés público producidos por el sector privado, para que los mismos puedan liberarse y así contribuir con el desarrollo del país.

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